La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido un fallo de gran trascendencia que invalida el criterio de actualización de créditos laborales establecido por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo mediante el Acta 2764/2022 en el ámbito de la Justicia Nacional del Trabajo.
Este fallo, derivado del caso “Oliva, Fabio Omar c/ COMA S.A. s/ despido”, destaca varios puntos cruciales:
Se ha señalado que la capitalización periódica de intereses establecida en el Acta 2764 CNAT y ordenada por la Cámara contradice el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación, que prohíbe los intereses sobre intereses.
La capitalización periódica y sucesiva dispuesta según el Acta 2764/2022 de la CNAT carece de fundamento en las disposiciones legales invocadas por el tribunal.
Aunque los jueces tienen cierta discreción en la aplicación de intereses en casos laborales, esta discreción no justifica resultados desproporcionados que ignoran la realidad económica.
El artículo 770 establece claramente que no se deben cobrar intereses sobre intereses, salvo en circunstancias muy específicas, las cuales no se aplican en este caso.
El fallo impugnado y el acta en cuestión han ignorado el principio general establecido por el legislador, creando una excepción no contemplada legalmente.
La capitalización periódica y sucesiva de intereses ha resultado en un incremento desmesurado de la deuda, lo cual carece de justificación económica.
Estas acumulaciones de intereses han excedido sin justificación los límites razonables establecidos por la ley.
El fallo en cuestión no se basa en una interpretación razonable del derecho vigente, por lo que debe ser desestimado de acuerdo a la doctrina establecida por la Corte Suprema en casos de sentencias arbitrarias.
Este fallo marca un hito en la jurisprudencia, cuestionando fundamentos legales arraigados y estableciendo nuevos parámetros para la actualización de créditos laborales.