El 15 de julio de 2024, la Inspección General de Justicia (“IGJ”) publicó en el Boletín oficial la resolución N°15/2024 (la “Resolución”), que autoriza a los accionistas a aportar el capital a sociedades con activos virtuales.
Los accionistas deben demostrar que poseen previamente dichos activos o que los han adquirido específicamente para este fin. Estos activos deben ser depositados en una plataforma o billetera virtual registrada a nombre de la empresa, la cual debe estar asociada a un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (“PSAV”) registrado ante la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), con domicilio en Argentina y que cumpla con la normativa vigente.
Adicionalmente, se requiere que el PSAV emita una declaración confirmando que los activos virtuales están depositados en la cuenta de la sociedad y que, en caso de ser necesario, estos pueden ser ejecutados forzosamente. Dado que la IGJ es la autoridad principal para el registro de sociedades en la Ciudad de Buenos Aires y en otras jurisdicciones de Argentina, se prevé que esta regulación sirva como modelo para la creación de nuevas normativas en otras regiones del país.
Esta norma entrará en vigencia el 1 de noviembre del 2024.