Nuevo Decreto de Necesidad de Urgencia que actualiza el régimen de warrants permitiendo la tokenización de bienes

El día 18 de julio de 2024, el poder ejecutivo a través del Decreto Nacional 640/2024 ( El “decreto”), aprobó la tokenización de bienes y actualizó el régimen de warrants regido por la Ley 9643 (la “Ley”).

Entre los cambios que introduce el decreto se encuentran:
– Se permite registrar electrónicamente y negociar warrants mediante tecnología blockchain.
– Los warrants, que representan el depósito de mercaderías y las obligaciones de pago asociadas, pueden ser utilizados por los productores de commodities para obtener financiamiento, al listarlos y negociarlos en plataformas blockchain.
– Se autoriza a validar transacciones en la cadena de bloques con firmas electrónicas y la eliminación del requisito que obligaba a los depositarios de mercaderías, o “warranteras”, a estar oficialmente registrados como tales.
– Cualquier entidad, incluidos los propios productores, puede custodiar los bienes y emitir warrants.
– Los proveedores de servicios de activos virtuales (“PSAV”) pueden realizar tokenizaciones, en Argentina, siempre y cuando estén registrados ante la Comisión Nacional de Valores (“CNV”).
– El registro PSAV es obligatorio para aquellos constituidos o residentes en Argentina.
– Los PSAV extranjeros también deben registrarse si cumplen con ciertos criterios de conexión con Argentina, como operar con dominios “.ar”, tener acuerdos comerciales que permitan la recepción local de fondos o activos de residentes argentinos, dirigir su publicidad hacia residentes argentinos, o generar más del 20% de su facturación total en Argentina a partir de actividades que requieren el registro PSAV.
– Los PSAV que operen en Argentina con montos inferiores a 25.000 dólares están exentos de este requisito.

Este decreto entró en vigencia el día 19 de Julio del 2024.

Lo invitamos a suscribirse a nuestro Newsletter mensual