El 3 de octubre de 2024, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 8112, introduciendo nuevos requisitos para acceder al mercado de cambios destinados al pago de capital e intereses de títulos de deuda registrados públicamente y otros financiamientos externos.
Principales medidas establecidas:
1. Pre Cancelación de deudas: Se autoriza el acceso al mercado de cambios para precancelar capital e intereses de títulos de deuda registrados en el país, siempre que la operación implique refinanciación, recompra o rescate anticipado, financiada con nuevos fondos externos. Esto requiere al menos un año de gracia para el capital y que la vida promedio del capital remanente sea de al menos dos años.
2. Pago de deuda externa: Los nuevos títulos de deuda emitidos en canjes, recompras o rescates anticipados serán considerados ingresados y liquidados, siempre que la prima o compensación no supere el 5 % del capital canjeado o recomprado. Además, deberá contemplarse un período de gracia mínimo de un año y una extensión de al menos dos años en la vida promedio.
3. Declaración de activos en el exterior: Será posible declarar activos líquidos superiores a USD 100.000 depositados en el extranjero si provienen de la emisión de nuevos títulos de deuda durante los últimos 60 días y se destinan a operaciones de refinanciación, recompra o rescate anticipado de deudas externas.