La Comisión Nacional de Valores sanciona por primera vez un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales

El día 14 de julio de 2025 la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) mediante la Resolución de Firma Conjunta 23191/2025 (la “Resolución”) suspendió de manera preventiva un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (“PSAV”) por posible conducta irregular.

La suspensión por parte de la CNV se dictó en el marco de una investigación llevada a cabo por la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones de la Comisión fundada en la sospecha de conducta irregular por parte de la PSAV de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan y demás documentación recabada.

Esta facultad sancionatoria de la CNV ante el incumplimiento de los requisitos, condiciones y obligaciones reglamentadas está regulada por la Ley de Mercado de Capitales y la Ley Penal.

Esta medida preventiva tiene por objeto el resguardo inmediato y efectivo del público inversor, con motivo de la identificación de circunstancias pasibles de constituir incumplimientos y permanecerá vigente hasta que hechos sobrevinientes hagan aconsejable la revisión de la medida.

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