Acuerdo entre el Mercosur y la Unión Europea

Tras más de veinte años de negociaciones el 17 de enero de 2026 los países del Mercosur y la Unión Europea firmaron el Acuerdo de Libre Comercio (el “Acuerdo”) el cual, una vez en vigor, creará la zona de libre comercio más amplia el mundo, en el marco de este acuerdo se eliminarán barreras arancelarias y se fomentará la cooperación entre ambos bloques regionales.

El acuerdo está constituido por dos instrumentos jurídicos paralelos:

  • El Acuerdo de Asociación UE Mercosur (“EMPA”) el cual constituye un marco amplio abarcando el pilar político y de cooperación y el pilar comercial, el cual entrará en vigor una vez ratificado por todos los Estados miembro de la UE, una vez en vigor derogará y sustituirá la Ley de Comercio Internacional.
  • Un acuerdo comercial provisional (“ITA”) que consta únicamente de cuestiones comerciales, el cual para su entrada en vigor sólo necesitará la aprobación del Consejo Europeo y del Parlamento Europeo.

Según lo establecido en el Acuerdo el ITA entrará en vigencia con anterioridad y regirá hasta la entrada en vigor del EMPA.

Respecto a la ratificación por parte del Mercosur deberá ser internalizado por cada Estado miembro, por lo cual el tratado comenzará a regir de forma individual para cada país a medida que sus legislaturas completen la ratificación y depositen el instrumento ante la Secretaría del Mercosur, en el caso de argentina a través del Decreto 24/2026 publicado en el Boletín Oficial se convocó sesiones legislativas extraordinarias para tratar el Proyecto de Ley que apruebe el Acuerdo.

A día de hoy el Acuerdo está siendo observado por el Tribunal de Justicia de la UE para verificar la legalidad del mismo en relación con los tratados de la UE, por remisión del Parlamento Europeo, procedimiento que puede llevar algunos meses en ser resuelto.

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