El 13 de febrero de 2026 fue publicada en el Boletín Oficial de República Argentina la Resolución N° 6/2026 (la “Resolución”), mediante la cual el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (el “ORSNA”) autorizó la aplicación del “Reglamento de Excepción a la Libre Asignación de Espacios a los Prestadores de Servicio de Rampa en el Aeroparque Internacional Jorge Newbery (“AEP”).
La medida se adopta a raíz de la presentación efectuada por la empresa concesionaria Aeropuertos Argentina 2000 S.A., quien acreditó que la terminal posee una capacidad operativa limitada que impide la incorporación irrestricta de nuevos prestadores sin afectar la seguridad operacional y la eficiencia del servicio. Asimismo, la Resolución se dicta en el marco de la Resolución N.º 65/2025 del ORSNA, que estableció criterios de excepcionalidad para aquellos supuestos en los que la capacidad física de la infraestructura aeroportuaria se encuentre objetivamente saturada.
Entre sus aspectos más relevantes, cabe destacar:
- El régimen de excepción aplicable al AEP no configura una restricción arbitraria, sino una regulación razonable y proporcionada del acceso a un recurso escaso, fundada en razones técnicas y operativas.
- Se reafirma el derecho del explotador aéreo a autoprestarse los servicios de rampa, priorizándolos esta modalidad aún bajo el régimen excepcional.
- Se impone al concesionario la obligación de llevar un registro actualizado de los tipos y cantidades de equipos de rampa, a fin de asegurar una adecuada administración de la infraestructura y una coordinación segura del tránsito de vehículos en plataforma.
- La medida resulta consistente con los lineamientos de apertura de mercados y desregulación, en tanto preserva como eje rector la seguridad operacional.
La Resolución entró en vigor el día de su publicación.










