A través de la Decisión Administrativa N° 450/2020 publicada en el Boletín Oficial el 3 de abril de 2020, el gobierno argentino dispuso la ampliación del listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria por coronavirus.
De esta manera, las siguientes actividades y servicios se agregan a aquellas exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio:
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al sólo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.
Las personas alcanzadas por la nueva Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.