El 19 de mayo de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición N° 3294/2025 (la “Disposición”) de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (“ANMAT”) estableciendo la obligatoriedad de incluir un Código QR en los envases de especialidades medicinales de origen sintético o semisintético.
La Disposición establece la obligatoriedad de la inclusión de un código QR para todas las especialidades medicinales de origen sintético o semisintético a partir de cumplido un año de la entrada en vigencia de la Disposición, de forma impresa o agregado como etiqueta con tecnología antifraude, en el envase secundario y de manera opcional en el envase primario que podrá coexistir con la versión impresa del prospecto.
El código QR será provisto mediante trámite ante la Dirección de Investigación Clínica y Gestión del Registro de Medicamentos del Instituto Nacional de Medicamentos.
La medida entró en vigor el 19 de mayo de 2025.