El Decreto N° 2130 (el “Decreto”) regula la creación del Consejo de Minería de Mendoza, que actuará como una instancia superior de la Dirección de Minería local para supervisar y administrar la actividad minera en la provincia.
La normativa establece que los integrantes del Consejo serán designados por el Poder Ejecutivo Provincial por un período de dos años, con posibilidad de reelección. Los candidatos son propuestos mediante listas presentadas por entidades como la Federación de Abogados, el Consejo de Ingenieros y las Cámaras de Comercio, y su selección se realiza por sorteo.