El día 11 de Junio de 2020 se publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 8/2020 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por medio del cual prorrogó hasta el 31 de agosto de 2020 la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.
EL DNU 1/20 del pasado 31 de agosto de 2020 establece como medidas más importantes:
– Una prórroga excepcional por sesenta días de licencias de conducir, los registros de transportes de taxis, remises, de escolares y vehículos destinados al servicio de mensajería y delivery también como licencias de taxi.
También, la vigencia de las obleas de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria para los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y vehículos escolares, taxis, remises, comercial de carga, de transporte de personas o de gran porte.
– Una prórroga de manera excepcional de la vigencia de los certificados únicos de discapacidad por ciento ochenta (180) días corridos, a partir de que opere su vencimiento.
– La suspensión por sesenta (60) días corridos los plazos previstos en la Ley N° 1.217 de procedimiento de faltas.
Tanto el DNU 1/2020 como su prórroga son medidas adoptadas con el propósito de prevenir y reducir el riesgo de contagio ocasionado por virus COVID-19 que dio origen a la pandemia mundial declarada por la OMS como también mitigar los demás efectos producidos por la misma y van en concordancia con la Emergencia Publica en materia Sanitaria declarada a nivel nacional por la ley 27.541