¿Por qué es importante?
Si tu empresa contrata capacidad de transporte de gas o participa en concursos de expansión de infraestructura gasífera, las reglas del juego cambiaron. Se prohíbe la renovación automática de contratos y se redefinen los criterios de adjudicación.
Datos clave:
– Norma: Resolución ENARGAS 471/2026
– Vigencia: desde el 6 de mayo de 2026
– Deroga: Resolución ENARGAS 1483/2000
¿Qué cambia?
El nuevo reglamento regula cómo las transportistas organizan concursos abiertos para ofrecer, asignar y contratar capacidad de transporte firme de gas natural.
Tres tipos de concursos:
- Por expansiones: Implican construcción o ampliación de infraestructura. Pueden ser factibles con tarifa vigente, no factibles, o por prepago. Tienen dos etapas: manifestación de interés y concurso propiamente dicho.
- Por capacidad remanente: Se ofrece capacidad disponible sin obras nuevas. Una sola etapa.
- Por cesiones: Un cargador con contrato vigente cede su capacidad a otro, bajo los mismos términos y por el plazo remanente. Una sola etapa.
Criterios de adjudicación: Se prioriza el mayor valor actual de las ofertas por metro cúbico, los cargadores de la zona donde se genera la capacidad, y el abastecimiento de demanda ininterrumpida.
Prohibición clave: No se permiten cláusulas de renovación automática en contratos de transporte firme.










