El día 8 de julio de 2025 la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) a través de la Resolución General 1074 (la “Resolución”) modificó la normativa vigente respecto de los fideicomisos financieros con autorización automática por tratarse de emisiones frecuentes reglamentando alternativas para su instrumentación.
La Resolución establece nuevas alternativas a los fiduciarios financieros para presentar los Suplementos de Prospecto para acceder al Régimen de Emisor Frecuente.
Estas alternativas son:
– Presentar un Suplemento de Prospecto Anual para Emisiones Frecuentes actualizado anualmente y, en oportunidad de cada emisión, publicar un Suplemento de Prospecto Abreviado para Emisiones Frecuentes.
– Presentar un Suplemento de Prospecto Anual para Emisiones Frecuentes y, en oportunidad de cada emisión, publicar un Suplemento de Prospecto Abreviado para Emisiones Frecuentes, podrá optar por no actualizar la información relativa al Suplemento de Prospecto Anual para Emisiones Frecuentes, en este caso una vez caducada su vigencia presentar, en cada emisión un Suplemento de Prospecto en los términos del artículo 21 de la Sección X del Capítulo IV del Título V de las NORMAS de la CNV.
– Presentar en oportunidad de cada emisión un Suplemento de Prospecto completo en los términos del artículo 21 de la Sección X del Capítulo IV del Título V de las NORMAS CNV.
La Resolución entró en vigor el 11 de julio de 2025.