La AFIP deja sin efecto ciertos beneficios para algunos importadores

El día 24 de agosto de 2012 se publicó en el boletín oficial la Resolución General Nº 3373 (la “Resolución”). La Resolución, en su artículo 4º, deroga la Resolución General Nº 2238 que estipulaba la obtención del “Certificado de Validación de Datos de Importadores” (CVDI) y consecuentemente modificó las alícuotas de la Resolución General Nº 2281 referida a las percepciones del impuesto a las ganancias e impuesto al valor agregado.

La función del CVDI era, mediante el registro correspondiente ante la AFIP, la reducción de la alícuota de percepciones que pagaban los importadores con respecto al impuesto al valor agregado y el impuesto a las ganancias.

Los importadores beneficiados con este régimen debían pagar en concepto de percepciones de IVA un 10 % para bienes gravados con la tasa general (21%), un 5% para los bienes gravados con la tasa reducida (10,5%), y adicionalmente una alícuota del 3% por el impuesto a las ganancias.

A partir del 7 de septiembre de 2012, fecha en la cual entra en vigencia la derogación de este certificado y comienzan a regir las nuevas alícuotas, estas se duplicaran para todos aquellos que estén inscriptos en el registro de importadores y exportadores, o sea que pasaran a pagar los mismos porcentajes que venían pagando aquellas empresas que no habían sido beneficiadas con la obtención del CVDI. Esto les implicará un mayor costo financiero al momento de la importación, ya que deberán adelantar más dinero al fisco al momento de la operación de importación.

Según AFIP, razones de índole operativa tornaron aconsejable dejar sin efecto dicha resolución que establecía las pautas para la obtención del certificado de validación de datos de importadores y la modificación de las alícuotas respectivas.

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