El 17 de septiembre de 2026, el Senado de la Nación sancionó el proyecto de ley que modifica el régimen de procedimientos tributarios (el “Proyecto”) y establece nuevas condiciones para el régimen simplificado de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.
El proyecto, conocido como “Inocencia Fiscal II”, modifica principalmente la Ley N.º 11.683 de Procedimiento Tributario y la Ley N.º 27.799, ampliando el universo de contribuyentes que podrán acceder al régimen simplificado y redefiniendo los supuestos que pueden determinar la pérdida de sus beneficios.
A continuación, se detallan los principales aspectos del Proyecto sancionado:
- Discrepancia significativa: Se amplían y redefinen los supuestos de discrepancia significativa que pueden provocar la pérdida de los beneficios del régimen simplificado,
- No se considerará como discrepancia significativa la diferencia entre la declaración jurada simplificada original y una declaración rectificativa cuando sea presentada dentro de los 15 días de notificada la liquidación administrativa o la determinación de oficio y se regularicen los saldos de impuesto resultantes, junto con sus intereses.
- Se prevé que no se configure discrepancia vinculada con el ajuste porcentual del 15% cuando la diferencia determinada no supere un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto para el delito de evasión simple.
- Reducción del 25% de multas: El beneficio alcanzará a micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no revistan la condición de Grandes Contribuyentes Nacionales por infracciones formales previstas en la Ley de Procedimiento Tributario
- Ampliación del régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias: Se eliminan los límites cuantitativos de ingresos y patrimonio que anteriormente restringían el acceso al régimen.
- Fecha límite para la exteriorización de los fondos: Se establece el 31 de diciembre de 2027 como fecha límite.
¿Por qué es importante?
Se busca generar mayores condiciones de seguridad y confianza para que los contribuyentes que mantienen ahorros fuera del sistema financiero puedan incorporarlos al circuito formal, mediante operaciones bancarizadas que favorezcan su canalización hacia el consumo, la inversión y el crédito. De este modo, la medida procura contribuir a la dinamización de la actividad económica y, simultáneamente, otorgar mayores beneficios y previsibilidad a los contribuyentes, al ampliar considerablemente el universo de personas que podrían acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.
Entrada en vigencia
A la fecha de este newsletter, el proyecto aún se encuentra pendiente de promulgación y publicación en el Boletín Oficial.










