Ley Inocencia Fiscal II: Se aprobó en el Senado el proyecto de reforma de la Ley de Procedimiento Tributario

El 17 de septiembre de 2026, el Senado de la Nación sancionó el proyecto de ley que modifica el régimen de procedimientos tributarios (el “Proyecto”) y establece nuevas condiciones para el régimen simplificado de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.

El proyecto, conocido como “Inocencia Fiscal II”, modifica principalmente la Ley N.º 11.683 de Procedimiento Tributario y la Ley N.º 27.799, ampliando el universo de contribuyentes que podrán acceder al régimen simplificado y redefiniendo los supuestos que pueden determinar la pérdida de sus beneficios.

A continuación, se detallan los principales aspectos del Proyecto sancionado:

  • Discrepancia significativa: Se amplían y redefinen los supuestos de discrepancia significativa que pueden provocar la pérdida de los beneficios del régimen simplificado,
    • No se considerará como discrepancia significativa la diferencia entre la declaración jurada simplificada original y una declaración rectificativa cuando sea presentada dentro de los 15 días de notificada la liquidación administrativa o la determinación de oficio y se regularicen los saldos de impuesto resultantes, junto con sus intereses.
    • Se prevé que no se configure discrepancia vinculada con el ajuste porcentual del 15% cuando la diferencia determinada no supere un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto para el delito de evasión simple.
  • Reducción del 25% de multas: El beneficio alcanzará a micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no revistan la condición de Grandes Contribuyentes Nacionales por infracciones formales previstas en  la Ley de Procedimiento Tributario
  • Ampliación del régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias: Se eliminan los límites cuantitativos de ingresos y patrimonio que anteriormente restringían el acceso al régimen.
  • Fecha límite para la exteriorización de los fondos: Se establece el 31 de diciembre de 2027 como fecha límite.

¿Por qué es importante?

Se busca generar mayores condiciones de seguridad y confianza para que los contribuyentes que mantienen ahorros fuera del sistema financiero puedan incorporarlos al circuito formal, mediante operaciones bancarizadas que favorezcan su canalización hacia el consumo, la inversión y el crédito. De este modo, la medida procura contribuir a la dinamización de la actividad económica y, simultáneamente, otorgar mayores beneficios y previsibilidad a los contribuyentes, al ampliar considerablemente el universo de personas que podrían acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.

Entrada en vigencia

A la fecha de este newsletter, el proyecto aún se encuentra pendiente de promulgación y publicación en el Boletín Oficial.

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