En el marco de la Cumbre del Mercosur, el 21 de julio de 2017, en Mendoza, Argentina, las autoridades de Argentina y Brasil firmaron un protocolo de enmienda al convenio para evitar la doble imposición y la evasión fiscal (“CDI”) entre los dos países (el “Protocolo”).
Las principales modificaciones del Protocolo incluyen:
(i) Impuestos incluidos: el Protocolo extiende el alcance del CDI a los impuestos sobre el patrimonio (en Argentina, impuesto sobre bienes personales).
(ii) Límites al concepto de Establecimiento Permanente (“EP”): se excluyen de manera expresa las actividades auxiliares o preparatorias.
(iii) Dividendos: Se introducen alícuotas máximas según el país que corresponda (10 o 15 %).
(iv) Intereses: también se limitan a una alícuota máxima del 15%.
(v) Regalías: se establecen límites máximos del 15 % para el uso o concesión de marcas y el 10 % en los demás casos.
(vi) Mecanismos para evitar la doble imposición.
(vii) Limitación de beneficios: en concordancia con el Proyecto BEPS, los beneficios del CDI no se otorgarán cuando el objeto del acuerdo u operación sea la obtención de los beneficios del CDI.
(viii) Intercambio de información: el Protocolo establece un mecanismo más moderno para el intercambio automático.
El Protocolo entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Poder Legislativo, de conformidad con los procedimientos requeridos por la legislación interna de cada país.