El dia 25 de julio de 2025 a través del Decreto 433/2025 (el “Decreto”) el Poder Ejecutivo introdujo modificaciones a la Ley 26.522 “Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual” y la Ley 27.078 “Ley Argentina Digital” que regulan los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Servicios “TIC”) con el objetivo de lograr una mayor libertad para el desarrollo del sistema de comunicaciones.
Modificaciones de la Ley 27.078:
El Decreto simplifica y agiliza los trámites para el acceso a las licencias establecido en el Artículo 95 eliminando el procedimiento administrativo de publicación de oposiciones y evaluación para obtener licencias de servicios de radiodifusión por suscripción.
También establece la excepción a la prohibición de obtener la titularidad de un registro de radiodifusión por suscripción a los titulares o accionistas que presten un servicio público en el caso de las personas de existencia ideal sin fines de lucro y prestadores del Servicio Básico Telefónico cuya licencia haya sido concedida en los términos del Decreto 62/90.
Estas entidades quedan sujetas a las siguientes obligaciones: llevar contabilidad separada respecto de otros servicios públicos que presten, evitar prácticas anticompetitivas y permitir, en condiciones de mercado, el acceso de terceros a su infraestructura física.
Modificación de la ley 26.522:
El Decreto sustituye el artículo 30 exceptuando las entidades sin fines de lucro de la prohibición de ser titulares de licencias de servicios de comunicación audiovisual incluso si ya son titulares o accionistas de empresas que presten un servicio público.
El Decreto entró en vigor el 26 de julio de 2025.