El 5 de marzo de 2025, se publicó el decreto Nº 149/2025 (el “decreto”), el cual establece que las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán exigir aportes obligatorios a cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores por parte de quienes no sean miembros o afiliados, salvo que estos otorguen su consentimiento expreso.
Además, la norma permite que las entidades actualmente alcanzadas por estas contribuciones puedan revocar su autorización con una simple notificación fehaciente a la entidad correspondiente.
La disposición comenzará a regir el día 3 de junio de 2025.