Nueva Resolución General 1024 de la Comisión Nacional de Valores

El 15 de octubre de 2024, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) aprobó la Resolución General 1024 (la “Resolución”), que introduce un régimen especial de información contable para las denominadas “entidades sujetas a privatización”. Este régimen, tiene como objetivo facilitar su integración al sistema de oferta pública, adaptándose a las particularidades de estas entidades y a las normativas vigentes en el mercado de capitales.

El nuevo marco busca simplificar el proceso de transición, permitiendo que las empresas cumplan con los requisitos de admisibilidad necesarios para participar en el mercado y ofrecer sus acciones públicamente.

El régimen establece un período de adaptación de dos años, durante el cual las entidades deberán presentar información contable simplificada en forma de reseñas financieras intermedias. Al finalizar este plazo, las empresas estarán obligadas a presentar sus estados financieros completos conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”).

En aquellos casos donde las entidades privatizadas no dispongan de estados financieros auditados, se implementará un esquema informativo especial. Este requerirá la presentación de un resumen financiero simplificado que permita evaluar la situación económica y los riesgos asociados, acompañado de una descripción de las limitaciones enfrentadas y del método utilizado para preparar la información. Además, las empresas deberán presentar un plan detallado para corregir estas deficiencias dentro del plazo máximo de dos años desde su ingreso al régimen.

Este enfoque busca brindar flexibilidad a las empresas en proceso de privatización, permitiéndoles una incorporación progresiva al mercado mientras se garantiza la transparencia necesaria para los inversores.

Podrán acogerse a este régimen especial las siguientes entidades:
1. Empresas sujetas a privatización conforme a la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
2. Entidades privatizables bajo la Ley de Reforma del Estado (Ley 23.696).
3. Empresas declaradas como “sujetas a privatización”.
4. Fondos Fiduciarios compuestos total o mayoritariamente por bienes y/o recursos del Estado nacional.

Las entidades que soliciten acogerse a este régimen deberán cumplir con las normativas establecidas por la CNV desde el momento de su solicitud, adecuándose progresivamente a los estándares del régimen de oferta pública aplicable.

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