El 11 de junio, luego del proceso de consulta pública iniciado mediante la Resolución General N.º 1060, la Comisión Nacional de Valores aprobó la Resolución General N.º 1069 (la “Resolución”), que reglamenta el régimen de tokenización para los denominados Activos del Mundo Real (“Real World Assets”).
La Resolución establece la reglamentación de un régimen de Tokenización para Fideicomisos Financieros y Fondos Comunes de Inversión Cerrados con oferta pública compuestos por activos del mundo real (real world assets) en el marco de la Ley N° 27.739. En este contexto, se incorpora la posibilidad de representar digitalmente valores negociables mediante el uso de Tecnologías de Registro Distribuido (“TRD”) como una categoría particular dentro del género de Tokenización. Esta modalidad se reconoce ahora como una forma adicional de representación de valores negociables a las ya existentes.
Esta medida constituye, la primera etapa de implementación de la normativa propuesta en la RG N° 1060, sometida a consulta pública. Conforme a lo establecido, las representaciones digitales de los valores negociables serán negociadas en las plataformas de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (“PSAV”) registrados ante la CNV.
Los valores negociables deberán ser emitidos cartular o escrituralmente y depositados ante un Agente Depositario Central de Valores Negociables (“ADCVN”), quedando registrados a nombre de uno o más titulares registrales, que deberán ser uno o más PSAV, los cuales no podrán transferir ni hacer uso de dichos valores negociables, los cuales quedarán depositados en una cuenta especial e inmovilizados en los registros del ADCVN para su representación digital, sin necesidad de que tengan cotización ni negociación en mercados autorizados.
El régimen se implementará bajo la modalidad de un sandbox regulatorio por el término de un (1) año, durante el cual podrán realizarse emisiones bajo este marco. Finalizado dicho plazo, no se admitirán nuevas emisiones.
Esta normativa entró en vigencia el día 12 de junio de 2025.