El día 22 de mayo de 2025, a través del Decreto 353/2025 (El “Decreto”) el Poder Ejecutivo dispuso la simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes, para la cual se encomendó al Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) el dictado de las medidas que estime pertinentes.
Algunas de las principales disposiciones son las siguientes:
Simplificación en la declaración de impuestos
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (“ARCA”) podrá implementar una modalidad simplificada y opcional para la declaración del Impuesto a las Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en la Argentina, reduciendo la carga administrativa para los contribuyentes, además se le encomienda la simplificación de su normativa en materia de regímenes de información, fiscalización y de otros que estén a su cargo.
Creación del Sistema de Finanzas Abiertas
Las personas humanas y jurídicas, mediante consentimiento expreso, podrán compartir su información financiera con las entidades que forman parte del sistema financiero inscriptas en el BCRA para mejorar el acceso al crédito y promover la inclusión financiera.
El BCRA será la autoridad de aplicación del Sistema de Finanzas Abiertas creado en el párrafo anterior.
Otras disposiciones
Se instruye a la Unidad de Información Financiera (“UIF”) a adecuar la normativa en materia de prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de armas de destrucción masiva con el lineamiento del Decreto. Las obligaciones actualmente vigentes para los sujetos obligados a informar ante dicho organismo se mantienen sin modificaciones ni flexibilizaciones.
El Decreto entró en vigor el 23 de mayo de 2025.
En relación con el Decreto el ARCA emitió varias Resoluciones Generales (“RG”):
Resolución General 5696/2025
En el marco de la protección del secreto fiscal previsto en el artículo 101 de la Ley 11683 de procedimiento fiscal se abroga la Resolución General 5125/202 con el objetivo de evitar la divulgación innecesaria de datos sensibles y resguardando la privacidad y derechos de los contribuyentes, prohibiendo a las entidades financieras y demás sujetos obligados a informar ante la UIF que les soliciten a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales.
Se mantiene el enfoque en la implementación de un Sistema de Finanzas Abiertas, facilitando la inclusión financiera sin necesidad de requerir documentación adicional que resulte violatoria del secreto fiscal.
Resolución General 5697/2025
Abroga una serie de resoluciones anteriores relacionadas con la obligación de presentar el Código de oferta de transferencia de inmuebles (“COTI”) para la negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir.
Resolución General 5698/2025
Deroga varias resoluciones en diversos sectores simplificando la normativa relativa a regímenes de información que implicaban trámites adicionales:
- Operaciones de intermediación y compraventa de vehículos usados: Abroga las Resoluciones Generales 2032, 2.403 y 5.362 y deroga el artículo 15 de la Resolución General N° 2.729. que imponían un régimen de información sobre estas operaciones.
- Préstamos con garantía hipotecaria y transferencias de bienes inmuebles, cesiones de derecho y actos simultáneos: Abroga las Resoluciones Generales Nros. 3.034, 3.205, 3.316 y 3.725 y deroga los artículos 3° y 4° y los párrafos tercero, cuarto y quinto del artículo 5° de la Resolución General N° 5.315, que establecían requisitos de información para estas transacciones.
- Servicios de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de gas, y telefonía: Abroga las Resoluciones Generales Nros. 3.349 y 4.145 modifica varias Resoluciones que obligaban a las empresas del sector a cumplir con ciertos regímenes de información.
- Expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos en regímenes de propiedad horizontal y complejos urbanísticos: Abroga las Resoluciones Generales Nros. 3.369 y 3.645, y deroga el artículo 8° de la Resolución General N° 5.220 relacionadas con la información sobre expensas y otros gastos asociados a propiedades en regímenes de propiedad horizontal,clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, y similares.
Resolución General 5699/2025
Tiene como objetivo actualizar y modificar varios regímenes de información en el ámbito financiero. Sus principales puntos son:
Tarjetas de crédito (Resolución General 3421)
– Se eliminan los antiguos sistemas y se introducen nuevos aplicativos, entre ellos “AFIP DGI – Tarjetas de Crédito” y “ARCA – Tarjetas de Crédito Operaciones con el Exterior”.
– Actualización de umbrales (Resolución General 4298)
Se actualizan los límites que determinan cuándo las entidades financieras deben informar sobre cuentas corrientes, ahorros y movimientos relevantes:
- Transferencias y acreditaciones bancarias: pesos argentinos 50 millones para personas físicas y pesos argentinos 30 millones para personas jurídicas.
- Extracciones en efectivo: pesos argentinos 10 millones tanto para personas físicas como jurídicas.
- Saldos al último día del mes: pesos argentinos 50 millones para personas físicas y pesos argentinos 30 millones para personas jurídicas.
- Plazos fijos: pesos argentinos 100 millones para personas físicas y pesos argentinos 30 millones para personas jurídicas.
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: ARS 50 millones para personas físicas y pesos argentinos 30 millones para personas jurídicas.
- Transferencias en a través de Agentes de Liquidación y Compensación (“AlyC”): pesos argentinos 100 millones para personas físicas y pesos argentinos 30 millones para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: pesos argentinos 10 millones para compras en efectivo o cualquier otro medio de pago.
Resolución General 5704/2025
A partir del 1.° de junio de 2025, las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que posean ganancias de fuente argentina podrán adherirse voluntariamente al régimen simplificado para el período fiscal 2025, a través de la página web de ARCA.
Los que adhieran, quedarán exceptuados de informar su patrimonio y la declaración jurada se realizará a partir de la información ya disponible en el ARCA y la que aporten los propios contribuyentes.