El 29 de noviembre de 2024 se oficializó el Decreto 1057/2024 (el Decreto). Este Decreto reglamenta las modificaciones introducidas por la Ley de Bases 27.742 en tres normativas clave: la Ley de Hidrocarburos 17.319, la Ley del Gas 24.076 y diversos aspectos relacionados con la regulación ambiental aplicable al sector energético.
Entre los principales aspectos de la reglamentación, se encuentran:
- El Decreto establece los lineamientos para cumplir con los objetivos definidos por la Ley de Bases. Entre ellos, promoción de un mercado competitivo y libre, ajuste de los precios internos a los niveles internacionales, uso eficiente de recursos y fomento de contratos de largo plazo, garantía de un suministro seguro para el mercado interno.
- Se otorga al Estado Nacional la facultad de autorizar el transporte interjurisdiccional e internacional de hidrocarburos y habilitar plantas de licuefacción y regasificación destinadas a exportación o importación.
- La exportación de hidrocarburos queda sujeta a la no objeción por parte de la Secretaría de Energía (SE), que evaluará las solicitudes con base en estudios técnicos y económicos. Estableciendo un plazo de 30 días hábiles para emitir objeciones y emitirá la Constancia de Libre Exportación para garantizar el derecho a exportar, que no podrá ser interrumpido salvo en circunstancias excepcionales.
- Se permite la explotación simultánea de recursos convencionales y no convencionales en una misma área, respetando los derechos adquiridos.
- El pliego estándar para permisos y concesiones incluirá requisitos como regalías, capacidad técnica, responsabilidad ambiental y social, entre otros.
- Concesionarios y permisionarios deberán informar anualmente sobre reservas comprobadas, recursos prospectivos y proyecciones de producción, todo certificado por auditores independientes.
- Las concesiones otorgadas antes de la sanción de la Ley de Bases mantendrán el régimen normativo que estaba en vigor al momento de su otorgamiento.
- El Decreto clasifica las concesiones y autorizaciones según el tipo de actividad y su fecha de otorgamiento. Se incluyen reglas específicas para transporte, almacenamiento y procesamiento, distinguiendo aquellas actividades que se rigen por la Ley del Gas de otras regulaciones del sector.
- La Secretaría de Energía será responsable de las habilitaciones y autorizaciones en estas áreas. Asimismo, garantizará condiciones de acceso equitativas para terceros y supervisará el cumplimiento de normativas técnicas y de seguridad.
Este Decreto entró en vigencia el 29 de noviembre de 2024.