Nuevo Régimen para la Oferta Pública de Fideicomisos Financieros con Autorización Automática

El 17 de enero de 2025 se publicó la Resolución General N° 1051/2025 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), que establece un nuevo régimen para la oferta pública de fideicomisos financieros con autorización automática. Esta normativa busca agilizar los procedimientos para la emisión de valores fiduciarios, una medida que se origina tras la consulta pública realizada a través de la Resolución N° 1031/2024.

La nueva resolución establece dos tipos de autorización para la oferta pública de valores fiduciarios, basándose en el nivel de impacto de los mismos. Dependiendo de este impacto, los fideicomisos podrán ser parcialmente o completamente eximidos de las obligaciones del régimen general, simplificando así su proceso de emisión. A continuación, se detallan las características principales de cada tipo:

Fideicomisos de bajo impacto: aquellos cuya emisión no supere el equivalente a 1.000.000 de Unidades de Valor Adquisitivo (“UVAs”) en un periodo de 12 meses. Para este tipo de fideicomisos, no será necesario presentar prospectos ni otros documentos adicionales.
Fideicomisos de mediano impacto: en este caso, los valores emitidos durante el mismo período no deben exceder los 7.000.000 de UVAs. Para estos fideicomisos, sí será obligatoria la publicación de ciertos documentos, como prospectos, en la Autopista de la Información Financiera.

En ambos casos, las emisiones sólo estarán destinadas a inversores calificados, tanto en la colocación inicial como en su posterior negociación en el mercado. Asimismo, se requiere que los contratos de fideicomiso estén disponibles en el sitio web de la CNV a través de la Autopista de la Información Financiera, con el objetivo de cumplir con los requisitos establecidos en el Código Civil y Comercial de la Nación.

Esta Resolución entró en vigencia a partir del 17 de enero de 2025.

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