El día 20 de julio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 10/2021 (la “Resolución”) de la Inspección General de Justicia (la “IGJ”), que regula el régimen de transferencia de las cuotas en que se divide el capital de las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
La Resolución dispone lo siguiente:
- Para la inscripción de toda transferencia de cuotas sociales, por cualquier título o causa, sea por actos entre vivos o por actos mortis causa, además de los requisitos ya previstos en la Resolución General N° 7/2015 de IGJ, deberá acompañarse la publicación prescripta por el artículo 10 de la Ley Nº 19.550, la cual deberá contener:
- La cifra del capital social;
- La cantidad y valor nominal de las cuotas en que el mismo se divide; y
- La individualización del transferente, del adquirente, y de la cantidad de cuotas que se transfieren o adjudican.
La Resolución entró en vigencia junto con su publicación y será de aplicación a los trámites que se inicien a partir de ese momento.