El 7 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 3/2018 (la “Resolución) de la Inspección General de Justicia (“IGJ”). La Resolución introduce modificaciones a la Res. IGJ Nº 7/2018 y dispone la obligación de obtener la rúbrica de libros societarios vía web.
La Resolución se encuentra en línea con el Plan de Modernización y Simplificación llevado adelante por el gobierno argentino e introduce el proceso para individualizar u obtener la rúbrica de libros societarios a través del Sistema de Trámites a Distancia (“TAD”). Los pasos para obtener la individualización o rúbrica de libros societarios a través de la plataforma TAD son los siguientes:
- La solicitud para individualizar u obtener la rúbrica de libros societarios deberá ser realizada por un representante de la sociedad ante un Escribano Público.
- El Escribano deberá cargar la solicitud al sistema TAD con su firma digital, consignar datos de la solicitud y efectuar los pagos correspondientes.
- Una vez que el Escribano inicie el trámite, IGJ analizará los antecedentes y registros de la sociedad y realizará observaciones o aprobará el trámite en un plazo de 10 (diez) días.
- Finalmente, el Escribano podrá descargar la rúbrica del libro directamente de la plataforma TAD para luego adherirlo al libro cuya autorización y rúbrica se requirió.
En relación a las notificaciones, IGJ le informará al Escribano todas las observaciones y/o la finalización del trámite a través del portal TAD.
La Resolución entra en vigencia el 2 de julio de 2018.