Resolución IGJ Nº 3/2018 – La IGJ dispuso la obligación de rubricar libros societarios a través del sistema TAD

El 7 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 3/2018 (la “Resolución) de la Inspección General de Justicia (“IGJ”). La Resolución introduce modificaciones a la Res. IGJ Nº 7/2018 y dispone la obligación de obtener la rúbrica de libros societarios vía web.

La Resolución se encuentra en línea con el Plan de Modernización y Simplificación llevado adelante por el gobierno argentino e introduce el proceso para individualizar u obtener la rúbrica de libros societarios a través del Sistema de Trámites a Distancia (“TAD”). Los pasos para obtener la individualización o rúbrica de libros societarios a través de la plataforma TAD son los siguientes:

  1. La solicitud para individualizar u obtener la rúbrica de libros societarios deberá ser realizada por un representante de la sociedad ante un Escribano Público.
  2. El Escribano deberá cargar la solicitud al sistema TAD con su firma digital, consignar datos de la solicitud y efectuar los pagos correspondientes.
  3. Una vez que el Escribano inicie el trámite, IGJ analizará los antecedentes y registros de la sociedad y realizará observaciones o aprobará el trámite en un plazo de 10 (diez) días.
  4. Finalmente, el Escribano podrá descargar la rúbrica del libro directamente de la plataforma TAD para luego adherirlo al libro cuya autorización y rúbrica se requirió.

En relación a las notificaciones, IGJ le informará al Escribano todas las observaciones y/o la finalización del trámite a través del portal TAD.

La Resolución entra en vigencia el 2 de julio de 2018.

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