Se deroga el pago de aranceles de alojamientos por los contenidos televisivos y de radiodifusión

El día 4 de noviembre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial La Resolución 2/24 (la “Resolución”), de la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Justicia, mediante la cual se deroga retroactivamente la Resolución Conjunta N° 2/19 del ex Ministerio de Justicia y la ex Secretaría de Gobierno de Turismo.

La Resolución N° 2/19 había establecido que los establecimientos de alojamiento debían abonar aranceles por los contenidos televisivos y de radiodifusión ofrecidos a sus huéspedes. No obstante, con la modificación introducida por el Decreto N° 765/24, se clarifica que estos contenidos no constituyen una representación pública, ya que los espacios de alojamiento son considerados privados.

De esta forma, la nueva Resolución establece que no es necesario el pago de dichos aranceles en estos casos y da certeza jurídica al excluir estos servicios de la categoría de ejecución pública, alineándose con los cambios normativos recientes.

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