Se simplifica el régimen de doble listado para las sociedades extranjeras en la CNV

El 1 de octubre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 1020/2024 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”).

La Resolución 1020/2024 simplifica el régimen de doble listado para Sociedades Extranjeras, eliminando ciertos requisitos con el objetivo de atraer emisoras extranjeras para cotizar sus acciones en Argentina.

En particular, se elimina la exigencia de inscripción ante el registro público conforme al artículo 118 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. Ahora, basta con acreditar el domicilio de la sede principal de la empresa en su jurisdicción y presentar una copia del poder con facultades suficientes para actuar en el país, o bien la constancia de inscripción, si la empresa cuenta con un representante legal registrado según los artículos 118 y/o 123 de la misma ley.

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