Simplificación de procedimientos bajo la Ley de Inversiones Mineras

El día 04 de julio de 2025 mediante el Decreto 449/2025 (el “Decreto”) publicado en el Boletín Oficial el Poder Ejecutivo modificó la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196 y la ley N° 24.466 la cual crea y regula el Banco Nacional de Información Geológica simplificando ciertos procedimientos, y reasignando competencias al Servicio Geológico Minero Argentino (“SEGEMAR”).

Las modificaciones son:

En cuanto a la Ley de Inversiones Mineras:
– La Autoridad de Aplicación emitirá un Certificado de Estabilidad Fiscal, indicando sólo la fecha de presentación del estudio de factibilidad, momento que deberá considerarse para fijar la carga tributaria total aplicable para la estabilidad fiscal. Esta medida evitará las demoras que se producían por tardanza en la remisión de información por parte de cada jurisdicción, respecto a la base imponible y monto de los tributos a fin de proceder con la elaboración del certificado.
– Los inscriptos deberán acompañar con un informe evaluador de un profesional técnico independiente la presentación de la declaración jurada sobre los trabajos e inversiones efectivamente realizados y mantener correctamente individualizada la documentación y registración relativa a dichas inversiones.
– La verificación del efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos por el beneficiario estará a cargo de la Autoridad de Aplicación.

Respecto a la Ley No. 24.466:
– El Banco Nacional de Información Geológica pasa a dependencia de SEGEMAR, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Minería.

El Decreto entró en vigor el 7 de julio de 2025.

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